En 30 segundos
- Los servicios de peluquería tributan al tipo general del 21 % de IVA, no al reducido, según la Agencia Tributaria.
- El sector lleva desde 2012 pidiendo la vuelta al 10 %; en 2026 la proposición de ley sigue bloqueada en el Congreso, así que el 21 % continúa vigente.
- Los productos que revendes (champú, tinte para llevar a casa) también van al 21 %: el tipo no cambia, lo que cambia es cómo los contabilizas.
- El ticket debe mostrar base imponible + IVA + total de forma clara, no solo un precio final "a bulto".
- El IVA se liquida cada trimestre con el Modelo 303: repercutido menos soportado, con plazo del 1 al 20 del mes siguiente al cierre de trimestre.
"¿Qué IVA le pongo a un corte de pelo?" es una pregunta que parece obvia hasta que te sientas a rellenar la factura y dudas entre el 21 % y el 10 %, sobre todo si has oído hablar de la campaña del sector para recuperar el tipo reducido. El IVA en peluquería tiene una respuesta clara para el día a día —el tipo general del 21 %— y un debate político de fondo que lleva años sin resolverse y que conviene conocer para no dar por hecho un cambio que todavía no ha llegado.
En esta guía vas a ver qué tipo de IVA se aplica exactamente a un salón, en qué punto está la reivindicación del sector por el IVA reducido, qué diferencia hay entre el IVA de tus servicios y el de los productos que revendes, cómo desglosarlo bien en el ticket y cómo se declara cada trimestre con el Modelo 303, además de los errores más habituales que se cometen con este impuesto en el mostrador.
Qué tipo de IVA se aplica a los servicios de peluquería
Los servicios de peluquería —corte, tinte, peinado, tratamientos capilares— tributan al tipo general del IVA, actualmente el 21 %, según la Agencia Tributaria. No existe ningún tipo reducido específico para el sector en la normativa vigente.
Así lo recoge la propia página de tipos impositivos de IVA de la Agencia Tributaria: el 21 % es el tipo que se aplica "a las operaciones que no tengan un tipo específico", y las peluquerías entran de lleno en esa categoría general junto a la mayoría de servicios profesionales. No hay excepción para autónomos con un solo salón ni para servicios básicos como el corte sencillo: todo el catálogo de servicios de un salón de peluquería o barbería factura al 21 %.
Dato clave
Antes de 2012, las peluquerías sí tributaban al tipo reducido del 8 %. La subida al 21 % general llegó con la reforma fiscal de ese año y, más de una década después, sigue siendo el tipo vigente pese a las sucesivas peticiones del sector para revertirla.
El debate del IVA reducido: qué está pasando realmente en 2026
El sector de la imagen personal lleva desde 2012 reclamando la vuelta al IVA reducido, y en 2026 la proposición de ley que lo plantea sigue paralizada en el Congreso sin llegar a votarse.
La reivindicación no es nueva ni menor: asociaciones como la Alianza para la Reducción del IVA a la Imagen Personal —que agrupa a patronales del sector— llevan años pidiendo que se recupere el 10 % que se aplicaba antes de la reforma de 2012. El Senado llegó a aprobar la toma en consideración de una proposición de ley en este sentido, que pasó a tramitarse en el Congreso; desde entonces, el debate se ha ido posponiendo repetidamente sin llegar a votación final.
«El sector de la imagen personal exige la restitución del IVA reducido tras 39 prórrogas injustificadas.»— Interempresas, sector Peluquería
Puedes seguir el estado real de esta tramitación en el seguimiento del sector sobre la restitución del IVA reducido. En la práctica, mientras no haya una aprobación definitiva y su publicación en el BOE, tu obligación como salón sigue siendo aplicar el 21 % en cada servicio: no anticipes un cambio de tipo que todavía no es ley, por mucho que se hable de él en el sector.
TRUCO — Si algún día se aprueba el cambio de tipo, no basta con "acordarse" de aplicarlo: necesitas que tu TPV o software de facturación lo actualice desde el primer ticket del día en que entre en vigor, con la fecha exacta de corte. Un programa de gestión con el IVA configurado por servicio te ahorra ese cambio manual servicio a servicio.
IVA de los servicios frente a IVA de los productos de reventa
El tipo de IVA es el mismo, el 21 %, tanto si facturas un servicio como si vendes un producto de reventa; lo que cambia es cómo se contabiliza cada operación, no el porcentaje que paga tu clienta.
Es habitual confundir esto porque parece que "vender un bote de champú" debería tributar distinto a "hacer un tratamiento con ese mismo champú", pero no es así: ambos van al tipo general. La diferencia real está en la gestión interna de tu negocio:
- Servicio realizado en el salón (corte, tinte, tratamiento): el IVA soportado en el producto que se consume durante el servicio se deduce como gasto normal del negocio.
- Producto vendido para llevar a casa (champú, mascarilla, spray): es una venta de mercancía, se registra como tal en tu contabilidad y también repercute el 21 % al cliente.
- Bonos y tarjetas regalo: el IVA se devenga cuando se presta el servicio o se entrega el producto, no en el momento del cobro anticipado del bono.
Si tienes dudas sobre cómo calcular el precio final de cada servicio incluyendo este 21 %, nuestra guía sobre cuánto cobrar por un corte de pelo explica el escandallo completo, con el IVA ya incorporado al cálculo.
Cómo desglosar correctamente el IVA en el ticket
Un ticket o factura de peluquería debe mostrar de forma clara la base imponible, el IVA aplicado y el total a pagar: no basta con un precio final sin desglose, aunque el cliente solo mire ese último número.
La fórmula para pasar de un precio final "con IVA incluido" (el que ve tu clienta en la carta) a su desglose es sencilla:
| Concepto | Cálculo | Ejemplo (corte a 25 €) |
|---|---|---|
| Base imponible | Precio final ÷ 1,21 | 20,66 € |
| Cuota de IVA (21 %) | Base imponible × 0,21 | 4,34 € |
| Total (precio final) | Base + IVA | 25,00 € |
A partir de 2027 (1 de enero para sociedades, 1 de julio para autónomos, tras el aplazamiento del RD-ley 15/2025), además, ese desglose no basta por sí solo: cada ticket y factura debe salir de un sistema que cumpla el reglamento VeriFactu, con numeración correlativa y huella encadenada. Puedes ver cómo se resuelve esta parte, sin módulos aparte, en nuestra guía de software de facturación VeriFactu para peluquerías.
¿Sigues calculando el IVA a mano en cada ticket?
El TPV de PeluGest desglosa la base imponible, el IVA y el total en cada cobro sin que tengas que hacer ninguna cuenta, y el ticket sale ya legal con huella VeriFactu.
Probar PeluGest 30 días gratis, sin tarjetaEl Modelo 303: cómo y cuándo declarar el IVA trimestral
El IVA de tu peluquería se liquida cada trimestre con el Modelo 303: restas el IVA soportado en tus compras y gastos deducibles del IVA repercutido en tus ventas, y el resultado es lo que ingresas (o compensas) con Hacienda.
El cálculo, simplificado, es siempre el mismo:
- Suma el IVA repercutido: el que has cobrado a tus clientas en cada servicio y venta de producto del trimestre.
- Suma el IVA soportado: el que has pagado en tus compras deducibles (producto, alquiler, suministros, software de gestión).
- Resta uno de otro: si el repercutido es mayor, ingresas la diferencia; si el soportado es mayor, compensas en el trimestre siguiente o pides la devolución en el cuarto trimestre.
Si además de la declaración trimestral quieres tener claro cuánto te queda de margen una vez descontados impuestos y costes, la calculadora de IVA e IRPF para autónomos de PeluGest te ayuda a estimar rápido el desglose de cualquier factura y una idea de tu cuota trimestral, aunque para presentar el Modelo 303 real siempre necesitarás tu contabilidad completa del trimestre.
Errores típicos al aplicar el IVA en la peluquería
La mayoría de líos con el IVA en un salón vienen de descuidos muy concretos que se repiten mes tras mes en cientos de negocios:
- Fijar el precio de carta sin tener en cuenta el 21 % y darte cuenta después de que el margen real es menor del esperado.
- No desglosar base e IVA en el ticket, dejando solo un total que dificulta cuadrar la contabilidad trimestral.
- Aplicar el 21 % de forma inconsistente entre servicios y venta de producto, cuando en realidad el tipo es el mismo para ambos.
- Anticipar un IVA reducido que todavía no está aprobado, por haber leído titulares sobre la reivindicación del sector.
- Llevar los tickets en papel o en una app sin numeración correlativa, lo que además de un problema de IVA es ya un incumplimiento de VeriFactu.
Facturación e IVA, sin hojas de cálculo sueltas
Con PeluGest, cada cobro del TPV calcula el IVA solo, queda numerado con huella VeriFactu y aparece ya listo en tus informes para cuando toca presentar el Modelo 303. Consulta los planes de PeluGest desde 12 €/mes.
Ver planes y preciosSi además todavía te faltan otros trámites por resolver antes o después de abrir tu salón, tienes el recorrido completo en nuestra guía de requisitos para abrir una peluquería en España, que repasa licencia, alta de autónomo, RGPD y VeriFactu paso a paso.
Preguntas frecuentes
¿Qué IVA se aplica a un corte de pelo en España?
El 21 %, el tipo general del IVA. Es el mismo porcentaje que se aplica a cualquier otro servicio de peluquería (tinte, peinado, tratamiento) sin ninguna excepción por el tipo de servicio o el tamaño del salón.
¿Es verdad que las peluquerías van a tener IVA reducido pronto?
No hay ninguna fecha confirmada. El sector lleva desde 2012 reclamando la vuelta al 10 %, y en 2026 la proposición de ley que lo plantea sigue sin aprobarse en el Congreso tras numerosas prórrogas. Mientras no se apruebe y publique en el BOE, el tipo aplicable sigue siendo el 21 %.
¿Los productos que vendo para llevar a casa llevan el mismo IVA que el servicio?
Sí. Tanto el servicio realizado en el salón como el producto vendido para uso doméstico tributan al 21 %. La diferencia está en cómo registras cada operación en tu contabilidad, no en el tipo impositivo que paga el cliente.
¿Cómo calculo la base imponible a partir de un precio final con IVA incluido?
Divide el precio final entre 1,21. Por ejemplo, un corte a 25 € tiene una base imponible de 20,66 € y una cuota de IVA de 4,34 €. Es el cálculo de "IVA inverso" que necesitas cuando solo conoces el precio final al público.
¿Cuándo se presenta el Modelo 303 de una peluquería?
Cuatro veces al año: del 1 al 20 de abril, julio y octubre para los tres primeros trimestres, y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre del año anterior, que además incorpora el resumen anual del Modelo 390.
¿Qué pasa si mi ticket no desglosa el IVA?
Además de complicar tu propia contabilidad trimestral, un ticket sin desglose de base e IVA no cumple los requisitos de facturación exigibles, y desde julio de 2027 tampoco cumpliría el reglamento VeriFactu si no sale de un sistema homologado con numeración correlativa.
El IVA de tu peluquería no da tanto margen de duda como parece: el 21 % general se aplica a todos tus servicios y también a los productos que revendes, y lo único que cambia trimestre a trimestre es cuánto repercutes y cuánto soportas para el Modelo 303. El debate del IVA reducido sigue abierto en el Congreso, pero hasta que no haya una ley aprobada y publicada, lo prudente es seguir facturando al tipo vigente: desglosado, correlativo y sin sorpresas cuando llegue la siguiente liquidación trimestral.
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